El emblemático cerro El Cono, uno de los principales objetos de conservación de la Zona Reservada Sierra del Divisor. Foto: Thomas Müller. |
Hasta inicios
del 2013 estuve apoyando indirectamente al Estado, desde la sociedad civil,
para sacar adelante el proceso de categorización de la Zona Reservada Sierra
del Divisor (ZRSD). Supe luego que el expediente técnico para este cometido
estaba en la puerta del horno. Pero, a estas alturas del partido, ya no sé en qué
anda la cosa.
Guardaba la esperanza de que en este año suceda algo al respecto,
pero al parecer, no pasa nada o no nos hemos enterado de las buenas nuevas o de
las buenas malas. En fin, lo que viene a continuación es una recopilación de
argumentos, conclusiones, recomendaciones, sugerencias y otros puntos, con el
humilde objetivo de indagar en qué va el proceso de categorización de la ZRSD y
de dar a conocer este paraíso terrenal a los que todavía no sabían de su
existencia. Por favor, a los que se puedan sentir atacados o criticados, no se
ofendan. Esto va con el ánimo de apoyar este sinuoso proceso.
Pero antes y por si acaso, la ZRSD fue establecida como
tal el año 2006 y tiene una extensión de 1 478 311,39 hectáreas. Está ubicada entre
los departamentos de Loreto (provincias de Ucayali y Requena) y de Ucayali
(provincia de Coronel Portillo); y colinda con Brasil, con el Parque Nacional
Serra do Divisor. Su objetivo de creación es el de proteger la diversidad
biológica, geomorfológica y cultural de la única región montañosa de la selva
baja; a la par de brindar una mayor protección legal al grupo indígena
Isconahua, en situación de aislamiento voluntario; y de apoyar el desarrollo de
un manejo integrado y equilibrado de los recursos naturales en zonas
adyacentes.
Vale también la pena aclarar que una zona reservada es un
territorio seleccionado por el Estado para su protección, al que se le asigna un
estado de conservación transitorio hasta definir su categoría de protección. Es
decir, las zonas reservadas son establecidas en aquellas áreas que reunirían
las condiciones para ser catalogadas como Áreas Naturales Protegidas (ANP). Forman
parte del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado
(SINANPE) y son administradas por el Servicio Nacional de Áreas Naturales
Protegidas por el Estado (SERNANP). No se confundan, los dos términos
anteriores no son lo mismo.
Asimismo, para la categorización de una zona reservada,
se debe concluir los estudios necesarios para determinar su extensión
definitiva y para establecer sus objetivos de conservación. Su carácter
temporal permite ir acondicionando el área para su posterior categorización. Es
decir, “mientras tanto” se debe realizar el saneamiento legal, definir sus
límites, determinar el uso que se le dará a los recursos naturales, entre otros
temas, con el objetivo de asegurar una buena gestión de lo que allí se protege.
Para esto, el Estado designa un equipo técnico específico y temporal —integrado
por representantes de la sociedad civil y del Estado—, cuya misión es presentar
y sustentar la propuesta de categoría en un expediente técnico.
El encargado de otorgarle la categoría de protección y el
tipo de ANP a la ZRSD —mediante un decreto supremo— es el Ministerio del
Ambiente (MINAM), cartera que debe sustentar el pedido ante el Consejo de
Ministros. Para esto, previamente, el SERNANP le ha elevado el expediente técnico
de categorización oleado y sacramentado. Por cierto, la preparación del
mencionado documento resulta ser sumamente compleja, dado que cada miembro del equipo
técnico tiene concepciones e intereses diferentes que debe defender e imponer.
No obstante, se debe buscar la tan esquiva concertación para llegar a buen
puerto, sino, no pasa nada.
Así, el otro paso a dar es igual o más complicado que el
anterior y es cuando el MINAM, en su sustentación, debe lidiar con las otras
carteras ministeriales —en especial, asumo, con el Ministerio de Economía y
Finanzas y con el de Energía y Minas— que seguramente preguntarían: ¿otra ANP?,
¿para qué otra?, ¿cuánto nos va a costar?, ¿para qué un parque o reserva
nacional si “eso” ya está protegido? y específicamente para este caso, ¿qué
pasará con los Isconahuas, los lotes petroleros aledaños y con el proyecto de
carretera Pucallpa – Cruzeiro do Sul en Brasil? Por eso, sin un buen sustento
técnico y sin voluntad política, otra vez, no pasa nada.
Categorizar
de una buena vez para dejar la incertidumbre
Ya en el 2006, año en que fue establecida la ZRSD, el
Estado había designado a un equipo técnico para darle una categoría definitiva.
Aquella vez se propuso crear un parque nacional y dejar como zona reservada al
territorio comprendido dentro de la Reserva Territorial Isconahua. Sin embargo,
todo quedó en el papel y no pasó nada. Es recién en julio del 2012 que el
Ministerio del Ambiente decide reactivar el equipo técnico para la
categorización, el cual incluía a 14 representantes, entre funcionarios del Estado,
de los gobiernos regionales y locales, de las organizaciones indígenas y de las
ONG que apoyan este proceso.
En esta segunda oportunidad, el Estado debería ya darle
una categoría definitiva a la ZRSD, pues ya se ha conversado con todos los
actores involucrados. Además, cabe señalar que el segundo equipo técnico
trabajó en el expediente técnico hasta febrero de este año y ya tiene una
propuesta definida. Ahora, ¿cuáles serían las opciones? Esta son, tener un ANP de
uso directo, como es el caso de una reserva nacional; o un ANP de uso
indirecto, como es el caso de un parque nacional.
¿Cuál es la diferencia? En una reserva nacional, como
Pacaya Samiria o Paracas, se puede hacer un uso regulado de los recursos
naturales allí conservados respetando además los usos y derechos otorgados
previamente al establecimiento de la zona reservada. En un parque nacional,
como Huascarán o Alto Purús, se tiene el status de protección más estricto, el
cual no permite el uso y aprovechamiento directo de los recursos naturales.
¿Qué categoría de protección sería la más recomendable
para la ZRSD? Existirían dos “corrientes” que pugnan por imponer una categoría
de protección. La primera de ellas, la “conservacionista”, propone que se cree
un parque nacional para garantizar la protección intangible a perpetuidad de
esta zona altamente biodiversa e importante para las poblaciones locales y para
el país. La segunda posición busca que se cree una reserva nacional para poder
hacer un uso directo de los recursos naturales y para explotar, por ejemplo, algún
lote petrolero que haya sido otorgado antes del establecimiento de la ZRSD. El
tema es bastante complejo, esto es solo una pincelada para entender parte de
este laberinto.
¿Por qué debería
ser la ZRSD un parque nacional?
En el mapa se puede apreciar la ubicación del cerro El Cono, del Ojo de Contaya, de la Sierra de Contamana y de la Sierra del Divisor. |
Esgrimiré algunos de los tantos argumentos que sustentarían
la decisión de crear un parque nacional. La ZRSD se encuentra aún en un buen
estado de conservación, es decir, alberga todavía casi la integridad de su
formación original, pues ha habido poca intervención humana. Sin embargo, no
está exenta de amenazas latentes y muy cercanas a sus límites temporales, tales
como la minería ilegal en la parte sur (en la cuenca del Abujao y no muy lejos
del emblemático cerro El Cono), el avance de la agricultura migratoria y de la
colonización de sus territorios, la tala ilegal y selectiva de especies
maderables y la cacería furtiva, entre otras. Por eso, urge protegerla.
En su interior se conserva conos volcánicos y formaciones montañosas (Ojo de
Contaya, la Sierra de Contamana, el cerro El Cono y la Sierra del Divisor) de
hasta 900 metros. Estas montañas son —geológicamente hablando— relativamente
recientes y únicas en todo Sudamérica. Igualmente, es de resaltar el hecho de que
estos “cerros en la selva baja” no son estribaciones o remanentes de la
Cordillera de los Andes, sino son mucho más “jóvenes” y están lejos de ella. Asimismo,
la Sierra del Divisor alberga a varias cabeceras de cuenca que generan ríos,
como el Tapiche, Blanco y Yaquerana al norte y Calleria y Abujao al sur, los
cuales alimentan al gran río Ucayali. Por ende, la ZRSD es una de las fuentes
de agua dulce mas importante en la Amazonia baja.
Además, alberga especies de animales y plantas que están
en peligro de desaparecer de la selva amazónica. Por otro lado, los hábitats únicos de la región albergan una gran
diversidad biológica: 109 de peces; 200 de anfibios y reptiles; 366 de aves,
muchas de las cuales son raras y restringidas; 38 de mamíferos grandes; y 38 de
murciélagos. Adicionalmente, de las 33 especies de monos que viven en
la Amazonía, 16 se encuentran en la ZRSD (superando el record de Manú y
Tampobata). Así también, sin duda
alguna, existirían en su interior muchas otras especies biológicas por
descubrir.
Por otro lado, miles de
hectáreas de la ZRSD son aún territorios vírgenes y serían también el hogar —desde
tiempos ancestrales— de grupos indígenas en aislamiento voluntario (los
Isconahuas, por ejemplo) que dependen exclusivamente de estos bosques.
Entonces, por todo lo
anterior, la ZRSD es una fuente de servicios ambientales para los habitantes de
ciudades amazónicas como Orellana, Requena, Contamana y Pucallpa. Además, abastece
a las poblaciones circundantes de agua, de animales de caza, de peces, de plantas
medicinales y de otros recursos del bosque indispensables para su bienestar. Asimismo,
toda esta riqueza puede servir para recuperar el potencial biológico de otros
lugares más golpeados en la Amazonía.
Corredor biológico internacional y de vital importancia
A todo esto se suma que la ubicación de la ZRSD es clave,
pues está en medio de un corredor biológico de gran importancia en la Amazonía.
Este se inicia en el Parque Nacional Madidi en Bolivia, continúa por el Parque
Nacional Bahuaja Sonene, la Reserva Nacional Tambopata, la Reserva Comunal
Amarakaeri, el Parque Nacional del Manu, el Parque Nacional Alto Purús, la
Reserva Comunal Purús; por la Estación Ecológica Río Acre, el Paque Nacional
Serra do Divisor, la Reserva Indígena Vale do Javari en Brasil; para continuar
por las Reservas Nacionales Mátses, Pacaya Samiria, Allpahuayo Mishana y
Pucacuro; para culminar en los recientemente creados Parque Nacional Güeppi –
Sekime, Reserva Comunal Airo Pai y Huimeki. Estas tres últimas ANP resultaron
del proceso de categorización de lo que era la Zona Reservada Güeppi.
Por todo esto, ofrecerle una categoría de protección de
uso indirecto a la ZRSD es vital para garantizar la conservación de su diversidad
biológica y para asegurar la sobrevivencia de los pueblos indígenas en
aislamiento voluntario que están en la Reserva Territorial Isconahua. Así
también, se podría consolidar un ejemplo único de convivencia pacífica entre las
ANP y diversas actividades productivas y extractivas e impulsar una estrategia
binacional con Brasil para el desarrollo regional.
Finalmente, con una categoría ya definida, sería más
fácil implementar procesos de ordenamiento territorial en la zona y consolidar la
conservación de un área priorizada por el Estado peruano desde hace más de 15
años. Ojalá que los organismos estatales continúen con el tema para darnos una
sorpresa este año y poder sumar una nueva ANP al SINANPE. Sé que no es fácil y
es bueno que eso se sepa. No obstante, la Amazonía necesita buenas noticias. Esperemos
que no se deba designar a un tercer equipo técnico para decidir qué se hará con
el último paraíso en peligro de nuestra selva amazónica.
Setiembre 2013
P.D.
Este tema ya rondaba por mi cabeza desde hace años. Antes de empezar a trabajar
en una ONG local, ya había escrito al respecto:
Por
otro lado, para conocer más sobre la ZRSD, revisen el reportaje que hizo Luis
Miranda de Cuarto Poder en noviembre de 2012 al respecto:
el
capítulo que le dedicó el programa Reportaje al Perú de Canal 7 a la Sierra del
Divisor:
así
como una serie de los pedidos hechos por renombradas figuras mediáticas y
líderes de opinión a favor de la pronta categorización y protección de la ZRSD.
Buscar en Youtube, bajo el título: Sierra del Divisor: El último paraíso en
peligro. En uno de ellos, la reconocida periodista Juliana Oxenford
participa y lanza un mensaje directo:
Artículo aparecido en la versión online de la Revista Rumbos:
http://www.rumbosdelperu.com/-y-que-fue-de-la-categorizacion-de-la-zona-reservada-sierra-del-divisor--V958.html
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