domingo, 14 de junio de 2009

LAS REVOCATORIAS DE AUTORIDADES MUNICIPALES: ¿UNA HERRAMIENTA PARA LA PRESERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE?

¿Qué tienen en común los distritos de Jilili, en la provincia de Ayabaca, departamento de Piura; el de Fitzcarrald, en Manu, Madre de Dios; Pacucha, en Andahuaylas, Apurímac; San Pedro de Pilas, en Yauyos, Lima; Héroes Albarracin, en Tarata, Tacna; y Capelo, en Requena, Iquitos? Al parecer no mucho, salvo que estos seis distritos participaron, al igual que otros 243 en el país, en la Consulta Popular de Revocatoria (CPR) del Mandato de Autoridades Municipales 2008 realizada el pasado 7 de diciembre. La consulta popular significó la asistencia de cerca de medio millón peruanos que con su voto decidieron el futuro de sus autoridades.

Este derecho de participación ciudadana está respaldado por los artículos 2° y 31° de la Constitución Política de 1993, así como por los artículos 3° y 20° de la Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, vigente desde 1994. La CPR es el derecho de control con el que cuentan los ciudadanos para destituir o ratificar en sus cargos a sus autoridades regionales (presidentes, vicepresidentes y consejeros); municipales (alcaldes y regidores), tanto provinciales como distritales; y a aquellos magistrados que provengan de una elección popular, como los jueces de paz no letrados.

Para tal fin es necesario cumplir con los requisitos que los organismos electorales —la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE)­— han establecido para convocar la CPR en los plazos que la ley establece.

Dentro de las principales causas planteadas para solicitar la CPR, se aduce que las autoridades municipales: asumen con desinterés y negligencia sus cargos, no cumplen con sus promesas electorales, malversan los fondos del municipio, incurren en nepotismo, utilizan bienes de la municipalidad para sus propios fines, abusan del poder, no viven en la localidad, cobran “coimisiones”, y otras causas que lleva a los ciudadanos a aplicar este derecho.

Dicho esto, se debería agregar a este listado parcial de motivos (hay muchos más) para solicitar la CPR: la incompetencia, desinterés, negligencia o intereses ocultos que denoten que la o las autoridades no hacen algo por frenar el deterioro ambiental; la contaminación y la práctica de actividades que atenten contra la integridad del medio ambiente y la salud humana. En otras palabras, la ciudadanía debería utilizar esta herramienta democrática con el fin de vacar a las autoridades que no hagan nada para enfrentar las grandes amenazas que se ciernen sobre nuestra diversidad biológica.

Recorriendo parte del Perú profundo

Con ocasión de la pasada consulta popular, visité algunos distritos que participaron en esta fecha democrática. En los distritos de Bolognesi y Huandoval, pertenecientes a la provincia de Pallasca (cuya capital es la conocida Cabana), en Ancash, los ciudadanos que solicitaron que sus autoridades sean sometidas a consulta, me comentaban que en ambos distritos, se presumía que los municipios malversaban los pocos fondos de sus comunas, además de beneficiar solo a un grupo selecto de personas, por supuesto, allegadas a las autoridades. Una situación similar percibí en los distritos de Jesús, en la provincia y departamento de Cajamarca, así como en el distrito de Macate, en la provincia de Santa, en Ancash.

Visité también el distrito de Padre Márquez, en la provincia de Ucayali, departamento de Loreto. En la capital del distrito, Tiruntán, aprecié parte de la problemática del país que se traduce en un soponcio desesperado, del cual no logramos salir aún. Acto seguido me fui a la comunidad de Roaboya, la cual tiene “dos versiones”, la indígena y la mestiza. Ambos poblados están separados por cerca de 4 kilómetros e interconectados, ya sea por el río Ucayali o por un camino de trocha.

Pernocté en Roaboya mestiza y conversé con varios pobladores. Me contaron que en esta zona ya habían desaparecido casi todos los árboles buenos para la madera, así como también las hojas de la shapaja, material indispensable para construir las casas en la selva. Del mismo modo, para encontrar animales (majaz, venado) y peces en “el monte” hay que irse cada vez más lejos y muchas veces en vano, pues “el bosque está vacío”.

Y qué sucede cuando el alcalde se hace el de la vista gorda y permite el ingreso de madereros ilegales que contratan pobladores para, por un monto irrisorio, llevarlos tierra adentro a sacar madera. Ya ni los árboles de mediana estatura se respetan, según me contaron. Transitar por el río Ucayali te permite ver cómo discurren numerosas embarcaciones repletas de árboles derribados. En Roaboya indígena (constituida por shipibos) la situación es la misma e incluso más grave.

Es cierto que generalmente las autoridades (solas) no pueden hacer mucho frente a estas mafias organizadas, pero al menos podrían intentar fortalecer las capacidades de sus circunscripciones. Por ejemplo, una de las quejas que he recogido en estos viajes es que no se invierte casi nada en capacitación técnica. En Roaboya, y seguramente en casi toda la cuenca amazónica, existen lugares en donde se siembra maíz, yuca y productos para el consumo directo, cuando se podría cultivar cacao, tabaco, camu-camu y otros frutos que realmente den dividendos.

En los distritos de Pátapo y Salas, en las provincias de Chiclayo y Lambayeque respectivamente, en el departamento de Lambayeque, también percibí un descontento de los pobladores por ciertas medidas referidas al uso del agua y a las actividades productivas que se fomentan en la zona debido a un desconocimiento en técnicas productivas que aporten beneficios a los pobladores. Otro tema recurrente es aquel relacionado con el manejo de residuos sólidos y de otros contaminantes. No obstante, el interés ambiental no es (aún) un tema primordial, sin embargo, poco a poco está formando parte de la discusión en muchos lugares.

Discusiones

Entrar en la discusión política si es que realmente sirven o se justifican las revocatorias no es punto focal de este texto, pero sí especificar que en algunos casos estas pueden ser solicitadas por revanchismo político (por los que no ganaron las elecciones municipales) o justamente por buscar o encubrir intereses difusos. No obstante, en mi opinión, este derecho ciudadano, el cual debe ser perfeccionado en algunos aspectos, es una herramienta importante de control ciudadano. Uno de los aspectos que creo necesario revisar es que se debe lograr que la CPR se realice en la mitad del mandato y por una única vez (la ley establece que se puede solicitar la CPR en el segundo y tercer año del mandato de las autoridades).

Es necesario también darle tiempo a la autoridad para que haga algo, sin caer en ansias de desestabilizar inoportunamente a un gobierno local. En el caso de que se busque la revocatoria de aquellos funcionarios que se mantienen en sus puestos, la ciudadanía debería revisar el porqué de su continua elección.

Por otro lado, el Estado debe promocionar más estos mecanismos de control ciudadano. Las últimas revocatorias fueron un éxito y reflejaron realmente lo que la ciudadanía deseaba, no obstante, es importante que estas iniciativas sean conocidas en busca de mejorar la calidad de vida en todos los aspectos. En este caso, mi atención se centra en el tema ambiental, pero no le otorgo un sesgo en ese sentido, sino creo que debe ser integral. Aún hay mucho por hacer, pero hay que hacerlo bien y con gente que realmente quiera hacerlo y que no se aprovechen, ni se entornillen en el poder.

Anexos:


Datos a tomar en cuenta:
· A la fecha se han realizado en el país seis CPR en los años: 1997, 2001, 2004, 2005 (en julio y octubre) y las de este año.
· A la fecha, ninguna autoridad regional ha sido sometida a consulta popular.
· El que una autoridad sea sometida a la CPR no significa necesariamente que concluya su mandato, pues también podría ser ratificada en el cargo.
· La CPR no procede durante el primer y último año del mandato de las autoridades.
· Más de un ciudadano perteneciente a una misma localidad puede solicitar la CPR para una o varias autoridades.


La autoridad es revocada cuando se cumplen dos condiciones:
1. Que haya asistido a votar por lo menos el 50% del total de los electores que figuran en el padrón electoral; y
2. Que la mitad más uno de los votos válidamente emitidos estén a favor de revocar a la autoridad. Los votos nulos y en blanco no se consideran como votos válidamente emitidos, es decir, no cuentan para el resultado final.


Artículo publicado el 4 de enero de 2009 en el Suplemento Semana del Diario El Tiempo de Piura.

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